ACREENCIAS BANCARIAS: MAS DE MEDIO MILLÓN DE PESOS OLVIDADOS EN EL BANCO TIENEN RESIDENTES DE CUREPTO. - CUREPTO Online

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viernes, 11 de marzo de 2016

ACREENCIAS BANCARIAS: MAS DE MEDIO MILLÓN DE PESOS OLVIDADOS EN EL BANCO TIENEN RESIDENTES DE CUREPTO.


A lo menos 2 personas que registraron domicilio en  Curepto tienen dinero olvidado en BancoEstado.

BancoEstado publicó la nómina de personas que tienen montos a su nombre en documentos bancarios que nunca fueron cobrados. Esta información fue entregada al Diario Oficial

A continuación, revisa las nóminas que publicó el banco en el Diario Oficial. El listado de acreencia bancaria está hecho por orden alfabético y puedes revisarlo en tu teléfono móvil o en un computador. 



Según aparece en la nomina que antecede, dos personas que registran domicilio en Curepto tienen dinero olvidado a su favor:

CESAR ANTONIO PEREDO HERRERA,  RUT.: 10.359.xxx-x,   tiene a su favor 302.750 pesos. y
MANUEL ANTONIO RAMIREZ VALDEZ, RUT.: 5.985. xxx-x,  tiene a su favor 241.118 pesos.-


¿Qué son las acreencias bancarias? Se trata de sumas de dinero que fueron emitidas como cheques, vale vistas, depósitos a largo plazo o boletas de garantía u otros instrumentos, y que en algún momento se depositaron a nombre de una persona en una entidad bancaria. Sin embargo, dicho titular -por alguna razón- nunca cobró el dinero. Generalmente el cobro del dinero no se realizó por simple olvido o desconocimiento de su existencia. Cada año se publica una lista con los montos de más de cinco Unidades de Fomento (U.F.). Para montos de dinero menores a $ 129.173, se debe consultar directamente en cada banco.

¿Cómo se cobra una acreencia bancaria?
El titular puede cobrar el monto por su cuenta, si por ejemplo la acreencia bancaria es un vale vista nominativo, el titular sólo debe acudir a la institución que informó de la existencia del dinero y retirarlo con su cédula de identidad.
En los casos se requiera recuperar el titulo que da origen a la acreencia se deberá seguir un proceso judicial. En ese caso puede ser necesario asesoramiento.

¿Qué pasa si no se cobra la acreencia? El beneficiario tiene un plazo máximo de tres años para reclamar el dinero desde la publicación. De lo contrario, pasa automáticamente a las arcas fiscales.