CONTRALORÍA INSTRUYE SOBRE USO DE SITIOS WEB Y REDES SOCIALES Y PROHÍBE REGALAR CALENDARIOS O CHALECOS REFLECTANTES EN PROMOCIÓN DE AUTORIDADES LOCALES. - CUREPTO Online

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viernes, 5 de febrero de 2016

CONTRALORÍA INSTRUYE SOBRE USO DE SITIOS WEB Y REDES SOCIALES Y PROHÍBE REGALAR CALENDARIOS O CHALECOS REFLECTANTES EN PROMOCIÓN DE AUTORIDADES LOCALES.


Contraloría reguló uso de sitios web y redes sociales municipales  y prohíbe realizar calendarios o regalar chalecos reflectantes con fondos municipales con imagen o menciones en favor de autoridades-candidatos,  esto de cara a las elecciones municipales del 23 de octubre. Estos son los puntos claves del dictamen:

Uso de Twitter y sitios web


El documento plantea que en el desempeño de la función pública, los empleados estatales, "cualquiera sea su jerarquía y el estatuto jurídico que los rija, están impedidos de realizar actividades de carácter político contingente".

En este contexto se les prohíbe "hacer proselitismo o propaganda política, promover o intervenir en campañas o participar en reuniones o proclamaciones para tales fines", o bien "valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar, por cualquier medio, candidaturas, tendencias o partidos políticos".

Es bajo estos mismos preceptos que se señala que "no se ajusta a derecho que personal edilicio utilice un bien municipal - como la cuenta del órgano comunal, en la red social Twitter-, para emitir expresiones que no digan relación con el funcionamiento institucional".

Del mismo modo, se plantea que no se ajusta a la legalidad realizar manifestaciones de opiniones sobre un determinado partido político o bloque a través del sitio web de la municipalidad o un blog edilicio.

Chalecos y calendarios.


El instructivo prohíbe que los municipios financien con recursos propios afiches para publicitar la imagen del alcalde que postula a cargos de elección popular.

En este contexto se señala que no se ajusta a la probidad adquirir calendarios con un saludo y una fotografía del alcalde, "en los cuales no se observe el cumplimiento de alguna función municipal, sin que sea relevante que aquellos sean entregados con anterioridad a la época electoral".

Del mismo modo instruye a los ediles de “abstenerse de entregar regalos -tales como chalecos reflectantes, llaveros, lápices y otros artículos de recuerdo con la imagen de candidatos-, porque con ello no se cumple función municipal alguna", señala el texto.

Uso de vehículos estatales


El dictamen es enfático en que "existe la prohibición absoluta de usar los vehículos estatales" para fines particulares o "ajenos al servicio o municipalidades al cual pertenecen", tanto días hábiles como fines de semanas.

Este punto -dicen- "no admite excepciones de ninguna especie y afecta a todos los servidores que emplean vehículos sujetos al citado decreto ley".

Municipalidades no pueden ser sede de campaña


La Contraloría detalla que los bienes de los servicios públicos y las municipalidades "no pueden ser empleados por las autoridades o funcionarios para las actividades de carácter político".

Es por ello que se prohíbe colocar "cualquier clase de distintivos o afiches, pintarlos con colores o símbolos que identifiquen a una determinada candidatura, coalición o partido político, o llevar a efecto en los mismos cualquier intervención que permita deducir el apoyo a estos, ya sea en forma directa o indirecta".

Se expone que lo anterior "no solo implica ocupar tales bienes en un fin totalmente distinto de su objetivo, sino que también importa el uso de recursos financieros o físicos estatales o municipales en beneficio de una determinada tendencia política".

Tampoco se podrán usar plataformas electrónicas, servidores institucionales y correos corporativos para fines proselitistas.

Se enfatiza que el personal que se encuentre con permiso administrativo, feriado o licencia médica también tendrá que atenerse a estas normas.

Texto completo del dictamen. Descargar



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